DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL
Según la Sentencia C-1491/00 El derecho de asociación sindical en Colombia es un derecho fundamental, el cual constituye una modalidad del derecho de libre asociación, como quiera que aquel consiste en la libre voluntad o disposición de los trabajadores para constituir formalmente organizaciones permanentes que los identifique y los una en defensa de los intereses comunes de profesión u oficio, sin autorización previa de carácter administrativo o la injerencia o intervención del Estado o de los empleadores. En Colombia este está expedido y consagrado por primera vez desde la ley 83 de 1931. (Corte constitucional, sentencia C-1491/00)
Figura 2.Sobre el derecho de asociacion sindical. Recuperado de https://images.app.goo.gl/wNymBqmKsTPSTgPB7 (2016)
En colombia está garantizado el derecho de asociación en todas las esferas de la sociedad, este derecho según el desarrollo normativo existente, se hace efectivo plenamente con la interpretación constitucional del Estado social de derecho. Este derecho fue consagrado por primera vez en Colombia en la ley 83 de 1931 como se menciona anteriormente, en donde se reconocieron varios derechos a favor de los trabajadores como lo son la huelga y la facultad de constituir sin intervención de los empleadores. (Institución Universitaria Politécnico Grancolombiano, (s.f), pág. 3)
¿Quienes apoyan el derecho?
- Desarrollado por el artículo 353 del código sustantivo del trabajo subrogado por el artículo 38 de la ley 50 de 1990 y modificado por el artículo 1° de la ley 584 de 2000
- la constitución política lo consagra como un derecho fundamental en el artículo 38 y 39
- La organización internacional del trabajo en el convenio 87 aprobado por la ley 26 de 1976 (Rafael Linares Orduz, Politécnico
Grancolombiano)
¿Quienes pueden afiliarse?
Según el artículo 39 de la constitución política, la afiliación es de carácter voluntario, todos Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado, pero no gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública.(Constitución
Política de Colombia. Artículo 39.)
Y necesita para constituirse un número de personas no inferior a veinticinco (25) afiliados; y todo sindicato patronal no menos de cinco (5) empleadores independientes entre sí. (Secretaria del senado. 2019)
¿Cómo se clasifican los sindicatos?
El Art. 356 del Código Sustantivo del Trabajo (modificado por el art. 38 de la ley 50 de 1.990), establece que se clasifican en:
a). De empresa: si están formados por individuos de varias profesiones, oficios o especialidades, que prestan sus servicios en una misma empresa, establecimiento o institución;
b). De industria: o por rama de actividad económica, si están formados por individuos que prestan sus servicios en varias empresas de la misma industria o rama de actividad económica;
c). Gremiales: si están formados por individuos de una misma profesión, oficio o especialidad.
d). De oficios varios: si están formados por trabajadores de diversas profesiones, disímiles o inconexas. Estos últimos sólo pueden formarse en los lugares donde no haya trabajadores de una misma actividad, profesión u oficio en número mínimo requerido para formar uno gremial, y solo mientras subsista esta circunstancia. (Rafael Linares Orduz, Politécnico Grancolombiano)
¿Que se necesita para constituir un grupo sindical?
- Número de personas requeridas para constituir un grupo sindical de trabajadores: 25
- Número de personas para constituir un sindicato de patrono: 5 (Institución Universitaria Politécnico Grancolombiano, (s.f), pág. 12)
Estructura sindical en Colombia
- Sindicatos de primer grado: sindicatos de empresa, gremiales, de industria o actividad económica, generales o de oficios varios.
- Sindicatos de segundo grado: sindicatos conformados por otros sindicatos, es decir, agremiaciones de sindicatos; esto es lo que conocemos como federaciones. Toda federación local o regional de trabajadores necesita para constituirse o subsistir un número no inferior a diez (10) sindicatos afiliados, y toda federación nacional, profesional o industrial no menos de veinte (20) sindicatos afiliados.
- Sindicatos de tercer grado: las agremiaciones de federaciones, es decir, las confederaciones. (Rafael Linares Orduz, Politécnico Grancolombiano)
Tipos de asociaciones sindicales en Colombia 2017
CUT: Central Unitaria de Trabajadores
La CUT fue fundada el 15 de noviembre de 1986. Su máxima instancia de dirección es el Congreso.
Principios:
La Central Unitaria de Trabajadores CUT, es una organización sindical de tercer grado, unitaria, clasista, pluralista, democrática, solidaria, progresista y antiimperialista, que se propone la unidad de todos los trabajadores y obreros colombianos organizados legalmente, sin distinción de raza, credo religioso, ideas filosóficas, opción sexual o militancia política.
Sectores representados:
Su fortaleza está representada por el sector de educadores en todo el país tales como:
- Trabajadores y servidores públicos de la salud
- Seguridad social integral y servicios complementarios
- Funcionarios y trabajadores de la Contraloría
- Trabajadores temporales
- Trabajadores de Bienestar familiar
- Trabajadores de la industria del café
- Trabajadores del sector minero hidrocarburos y otros del energético-industria del carbón
- Trabajadores y educadores universitarios
- Trabajadores independientes y de la economía informal
- Trabajadores al servicio del Estado
- Funcionarios y empleados de la rama judicial
- Trabajadores de la industria agropecuaria
En estos sectores casi todas las organizaciones superan los 4.000 afiliados.
Afiliados:
Sus afiliados al corte del censo 2017 llegan a los 577.532
CGT: Confederación General de Trabajadores
La CGT fue fundada el 14 de julio de 1975. Su máxima instancia de dirección es el Congreso.
Principios:
Propender por alcanzar la dignificación del trabajo, para lograr el objetivo de un trabajo decente para una vida digna de las(os) trabajadores y la población en general. Luchar por la construcción de una sociedad en la que desaparezca la explotación del hombre por el hombre y se trabaje por el mejoramiento social, económico y cultural de los trabajadores(as) y el pueblo en general, sin discriminación de sexo, raza, credo, condición política o social.
Defender a los trabajadores(as) de la explotación y las desigualdades sociales y reclamar sus derechos y reivindicaciones, mediante una auténtica solidaridad de clase, con el propósito de obtener mejores condiciones de vida. Representar a los trabajadores (as) y otros sectores sociales ante las instancias correspondientes.
Promover, el derecho a migrar y no migrar, fomentando mecanismos efectivos que garanticen el respeto de los derechos laborales y humanos de los migrantes. Impulsar campañas y propender para la ratificación de los Convenios de la OIT. Velar por el cumplimiento de todos los Convenios de la OIT que Colombia tiene ratificados.
Introducir la temática normativa internacional y nacional dentro de los planes de acción que la CGT nacional, departamental y regional realiza. Estrechar relaciones fraternales con organizaciones sindicales, con los trabajadores (as) y los pueblos de las Américas y el mundo, sobre la base del respeto mutuo y la autodeterminación, propiciando la integración Latinoamericana y caribeña. Luchar porque las relaciones capital - trabajo y los conflictos que de ellas se deriven sean resueltos favorablemente a los intereses de los trabajadores (as) y propendan por su mejor estar y favorezcan el desarrollo de la producción nacional. Realizar las denuncias y hacer seguimiento a la violación de los derechos humanos y laborales a nivel nacional e internacional. Fortalecer las redes de derechos humanos y laborales nacional e internacionalmente.
Sectores representados: La base fundamental de sus afiliados está representada en los siguientes sectores:
- Trabajadores del sector agrario y campesino, agroindustria, productores agrícolas y de pequeña industria (productores de frutas, pecuario y otros).
- Sector de la salud (Saludcoop, asociación médica y conexos).
- Trabajadores del sistema penitenciario,funcionarios y empleados públicos y privados afro descendiente, negros, raizales y palenqueros.
En estos sectores casi todas las organizaciones superan los 4.000 afiliados
Afiliados:
Cantidad de afiliados: 606.073
CTC: Confederación de Trabajadores de Colombia
La CTC fue fundada el 10 de agosto de 1975. Su máxima instancia e dirección es el Congreso.
Principios:
El papel de la clase obrera colombiana se presenta como una fuerza que exige a los gobiernos garantizar los derechos en el trabajo, la seguridad social y la solución de los problemas sociales de educación, salud y vivienda para la población, producto del trabajo.
Sectores representados:
- Trabajadores del sector eléctrico
- Trabajadores de la agroindustria y agropecuaria, economía solidaria agropecuaria
Cantidad de afiliados: 169.291
CSPC: Confederación Sindical de Servidores Públicos y de servicios públicos de Colombia
La confederación de servidores públicos y de los servicios públicos de Colombia CSPC, es una organización del sector público, cuenta con once (11) federaciones sindicales las cuales son:
1. Fedesucre
2. Fedesatlantico
3. Fedenorte
4. Fedesantander
5. Fedemagdalena
6. Fedecordoba
7. Fedecaribe
8. Fedecesar
9. Fenaser
10. Fetralnorte
11. Fedebolivar
Cada federación cuenta en promedio con diez (10) sindicatos, y un promedio de 780 afiliados por federación. Todas estas organizaciones sindicales de primer grado están integradas por servidores públicos vinculados a las entidades de derecho público, concentrando el mayor número de asociados de las entidades descentralizadas territorialmente y por servicios públicos domiciliarios y de empresas sociales del estado.
La totalidad de sus afiliados corresponde a trabajadores vinculados a las entidades públicas a través de Fenaser su principal filial.
- Empresas de servicios públicos, especialmente en Norte de Santander y Bolívar.
Cantidad de afiliados: 7.873
CNT: Confederación Nacional de Trabajadores
La CNT fue fundada el 21 de febrero de 2007 y su máxima instancia de gobierno es el congreso.
Principios:
Defensa de los intereses de los servidores públicos y privados, buscando impulsar la integración de los pueblos latinoamericanos.
Sectores representados:
Está constituida por trabajadores servidores públicos (Asonal Colombia y Fedecaribe) y trabajadores de transporte terrestre.
Afiliados:
Cantidad de afiliados: 31.153
CTU: Unión sindical Colombiana del Trabajo
La CENTRAL CTU – USCTRAB es resultado de un proceso que surge con la USCTRAB en el 2013 y que nace como central en el año 2017.
La central del trabajo - USCTRAB, es una confederación que se creó con diez federaciones, de orden nacional, regional y/o sectorial.
La CENTRAL CTU – USCTRAB hace presencia en regiones como Nariño, Eje Cafetero, Santander, Atlántico, Cundinamarca, Boyacá, siendo su propósito hacer presencia en las demás regiones de Colombia.
La Central CTU –USCTRAB está constituida fundamentalmente por trabajadores estatales tales como:
- Unidad Administrativa Especial de Migración
- Pequeños comerciantes y vendedores informales.
Cantidad de afiliados: 32.126
UTC: Unión de trabajadores de Colombia
Fecha de fundación:
Mediante resolución Numero 248 de septiembre 26 de 1949 el Departamento Jurídico del Ministerio de Justicia concedió Personería Jurídica a la Unión de Trabajadores de Colombia UTC; renace el 13 de octubre del 2013 elegida democráticamente en el primer congreso de la Nueva “UTC” realizado en la ciudad de Bogotá con asistencia y afiliación de gremios federativos y sindicales de la geografía Nacional, aportando ideas importantes como la conformación propia del partido político de los trabajadores PUT, y con fortalecimiento de las ideas sociales de antigua data de la “UTC”. Su máxima instancia de gobierno es el congreso.
Principios:
La Unión de Trabajadores de Colombia practica los más altos principios de Humanidad, Libertad, Igualdad, Fraternidad, Solidaridad, Justicia Social, Progreso Social, Equidad, y exalta en grado eminente al Trabajo como la expresión concreta de los valores trascendentes de la civilización humana. No exige a sus miembros participantes la profesión de ideología alguna, filosofía, credo, dogma, política, doctrina, o sistema científico alguno, y rechaza enfáticamente cualquier criterio, fundamento o expresión que discrimine al hombre o a la mujer, quienes son sujetos de absoluta y plena igualdad de derechos.
Sectores representados:
Sindicato departamental de la salud de Norte de Santander.
Cantidad de afiliados:
150 organizaciones sindicales de primer grado (cifra obtenida de la verificación hecha en el Archivo Sindical. se desconoce el número de afiliados por cada uno de los sindicatos).
Mediante fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para desentrabar el proceso de negociación con los sindicatos del sector público, la UTC reportó el día 22 de mayo de 2017, afiliados 6.912 dicho sector. (Mintrabajo, 2018, págs. 6-11)
SEGURIDAD SOCIAL
Día a día encontramos contingencias en todas las actividades
que desarrollamos , sin embargo existen situaciones laborales que
acarrean un peligro inminente el cual debe ser mitigado por el empleador por
medio de actuaciones preventivas, en caso de presentarse algún accidente
laboral o enfermedad, el SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL ,es el encargado de asumir
las prestaciones a favor del trabajador , teniendo en cuenta esto es importante
que todos nosotros como trabajadores conozcamos nuestros derechos y
obligaciones frente al sistema.
Tambien nos encontramos con otra realidad La asociacion de libertad sindical , criticada por los empleadores y añorada por los trabajadores, la impportancia de esta tematica es conocer lospros y los contra de este tipo de organizaciones.
La seguridad social es el
conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos y
está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud,
riesgos laborales, subsidio familiar y los servicios sociales complementarios
que se definen en la ley. Este es un sistema que cubre eventualidades como la
de alteración a la salud, incapacidad laboral, desempleo, vejez y muerte, para
cuya protección se establecieron los sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos
Laborales y de Subsidio Familiar.
Beneficios
para trabajadores
- Garantía de protección de
los derechos fundamentales.
- Prestaciones asistenciales y
económicas para el trabajador y su familia.
- Generación de ingresos que
mejoran la económica doméstica.
- Recreación y cultura para el
trabajador y la familia.
Beneficios
para empleadores
- Permitir que los
trabajadores y sus familias se beneficien del sistema de seguridad social
integral.
- Crear y mantener un ambiente
laboral seguro para los trabajadores y contratistas.
- Cobertura de los riesgos por
parte del sistema
- Cumplimiento de las normas
Sistema de Seguridad Social en Colombia (Ley
100 de 1993)
El Sistema de Seguridad Social
Integral vigente En Colombia fue instituido por la Ley 100 de
1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y
procedimientos a los cuales pueden tener acceso las personas y la comunidad con
el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la
dignidad humana. Hace parte del Sistema de Protección Social junto
con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia
social.
El Sistema comprende las obligaciones del Estado y
la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la
cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y de servicios
complementarios, incorporados en la Ley 100 de 1993 y en otras normas.
La Seguridad Social es un servicio público
obligatorio, cuya dirección, coordinación y control está a cargo del Estado y
es prestado por entidades públicas y privadas. Evita desequilibrios económicos
y sociales que, de no resolverse, significarían la reducción o la pérdida de
los ingresos a causa de contingencias como la enfermedad, los accidentes, la
maternidad o el desempleo, entre otras.
De acuerdo con la Ley 100 de 1993, el Sistema de
Seguridad Social Integral en Colombia se compone de los sistemas de pensiones,
de salud y de riesgos laborales y de los servicios sociales complementarios.
1. Sistema General
de Pensiones
El Sistema General de Pensiones tiene por objeto
garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la
vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y
prestaciones determinadas en la Ley 100 de 1993. También propende por la
ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos
con un sistema de pensiones.
Está compuesto por dos regímenes solidarios
excluyentes pero que coexisten. El primero es el Régimen Solidario de Prima
Media con Prestación Definida que es de carácter público y es administrado por
Colpensiones. El segundo es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad,
que es de carácter privado y es operado por las Administradoras de Fondos de
Pensiones y Cesantías.
2. Sistema General de Seguridad social en Salud
El Sistema General de Seguridad Social en Salud
tiene por objeto regular el servicio público esencial de salud y crear
condiciones de acceso al servicio a toda la población, en todos los niveles de
atención. Es operado por las Entidades Promotoras de Salud (EPSs) y la
prestación del servicio está a cargo de las Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud (IPSs)
3. Sistema General
de Riesgos Laborales.
El Sistema General de Riesgos Laborales es el
conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados
a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las
enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como
consecuencia del trabajo que desarrollan.
Su financiación proviene de la cotización
obligatoria, determinada por el nivel de ingreso y la clasificación del riesgo.
Las Admistradoras de Riesgos Profesionales (ARLs) son las entidades
responsables de la afiliación, el registro y el recaudo de sus
cotizaciones.
Bibliografía
Texto
o Zapata, F. (2013). Historia mínima de el sindicalismo lationamericano .México: El colegio de mexico A.C.
o Universitaria Politécnico Grancolombiano. ((s.f)). Derecho colectivo y talento humano .Obtenido de Libertad de asociación y libertad de asociación sindical
Recuperado de : https://poli.instructure.com/courses/10762/files/4883762?module_item_id=554949
o (Febrero de 2018). Ministerio de trabajo .Obtenido de Resultados finales Censo sindical 2017: Recuperado de: http://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/197014/INFORME+FINAL+CENSO-2017-+PUBLICADO-FEB-19-2018.pdf/e79f77aa-c4c5-d3f8-4ba7-8c4e19e3bd87?version=1.0
o Rafael Linares Orduz. Politécnico Grancolombiano. Derecho Laboral Colectivo y Talento Humano. Libertad de Asociación y Libertad de Asociación Sindical
o Rafael Linares Orduz. Politécnico Grancolombiano. Derecho Laboral Colectivo y Talento Humano. Funcionamiento del Sindicato
o DPN. (30 de 09 de 2019). DPN. Obtenido de DEPARTAMENTO
NACIONAL DE PLANEACION DNP:
https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/subdireccion-de-empleo-y-seguridad-social/Paginas/Seguridad-Social-Integral.aspx
o MINISTERIO. (30 de 09 de 2019). MINISTERIO DE TRABAJO .
Obtenido de
http://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/empleo/subdireccion-de-formalizacion-y-proteccion-del-empleo/que-es-la-seguridad-social
Imágenes
Videos
· [Juan david varón leal ]. ( 04/11/2015). Que es un sindicato [Archivo de video].
· [ CutColombia]. ( 14/04/2016). Cómo crear un sindicato [ Archivo de video].
· [Angel Viatela] . (19/ 01/ 2017) Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=RBCZL-SnnMY
· [ Juridica, L. n]. (s.f.). Youtube. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=6ezdbA4wPxQ